Preguntas de la boleta, condado de Lucas
Los votantes de Toledo encontrarán cuatro preguntas de la ciudad cerca del final de la boleta, numeradas del 16 al 19. El asunto 16 es un impuesto nuevo sobre los ingresos. Los asuntos 17, 18 y 19 cambian la carta municipal, el documento que funciona como la constitución de Toledo; en su mayoría, la ajustan a la ley estatal. Cada uno se aprueba por mayoría simple. Esto es lo que hace cada uno.
Asunto 16: el impuesto sobre los ingresos
¿Cuánto me costaría?
Toledo ya cobra el 2.5% de lo que gana la gente. El asunto 16 sumaría un cuarto por ciento, 25 centavos de cada $100, y la tasa quedaría en 2.75%. Sobre $50,000 al año son $125 más, unos $10.42 al mes. Sobre $30,000 son $75; sobre $75,000, $187.50; sobre $100,000, $250.

¿Quién lo paga?
Quienes viven en Toledo y quienes trabajan en Toledo aunque vivan en otro lugar. Como los demás impuestos sobre los ingresos de la ciudad, grava los sueldos y las ganancias de las empresas, no las pensiones ni el Seguro Social. La ciudad no ha dicho si lo deberían los residentes de Toledo que trabajan en otra ciudad y ya pagan el impuesto de esa ciudad.
¿Para qué sería el dinero?
La ley que lo respalda, la Ordenanza 301-26, dice que el dinero solo puede usarse en “neighborhood safety” (seguridad de los vecindarios) y en las operaciones de policía y bomberos, “including criminal gang disruption” (incluida la desarticulación de pandillas). La ciudad no ha publicado un plan detallado. Nada en la ordenanza impide que la ciudad use el dinero en gastos de policía y bomberos que ya paga, lo que liberaría otro dinero del presupuesto.
¿Por qué lo pide la ciudad?
Toledo gasta más de lo que recibe, y ha cubierto la diferencia con dinero que no se repite: en una reunión de la comisión de finanzas del concejo el 30 de septiembre, un miembro del concejo cifró la brecha en $48 a $50 millones al año, y el Departamento de Finanzas de la ciudad confirmó que existe y que se cubre pasando dinero del fondo de obras y reparaciones y gastando los ahorros. Los ahorros de la ciudad bajaron de $113.9 millones a fines de 2024 a unos $56 millones previstos para fines de este año, según su declaración para inversionistas en bonos. La recaudación del impuesto sobre los ingresos también va atrasada: la ciudad ahora prevé unos $11.2 millones menos de lo presupuestado este año, según su informe de agosto. El asunto 16 recaudaría unos $25 millones al año, cerca de la mitad de la brecha.
¿Cuándo termina?
Duraría del 1 de enero de 2027 al 31 de diciembre de 2030, y luego terminaría salvo que los votantes lo renueven. Dos de los impuestos sobre los ingresos que la ciudad ya tiene, el de calles y uno de 0.75% que paga policía y bomberos, operaciones de la ciudad y obras de capital, vencen a fines de 2028, así que volverán a la boleta antes de esa fecha.
¿Y si no se aprueba?
La ciudad tendría que cerrar la brecha de otra manera. Su presupuesto de 2027 se propone en noviembre, después de la votación. En marzo el concejo ya pidió recortes de $10 millones al año para 2027 y 2028, y en una reunión del concejo el 7 de julio, la presidenta del concejo, Vanice Williams, dijo que este año la ciudad estuvo cerca de no tener una clase de formación de policías y bomberos y que probablemente habrá despidos en el presupuesto del año próximo.
¿Cómo votó el concejo?
El concejo lo envió a la boleta el 14 de julio, 9 a 1. La concejala Cerssandra McPherson votó en contra.
Toledo agrega un impuesto temporal de 0.25% sobre los ingresos, además de sus impuestos actuales sobre ingresos, del 1 de enero de 2027 al 31 de diciembre de 2030. El dinero va al Fondo General, dedicado a la seguridad de los vecindarios y a las operaciones de policía y bomberos, incluida la desarticulación de pandillas.
El 0.25% adicional no se cobra. Los impuestos actuales de Toledo sobre ingresos no están en esta boleta y este voto no los cambia.
Proposed Income Tax
City of Toledo
A majority affirmative vote is necessary for passage.
Shall Ordinance (Ordinance No. 301-26) providing for a new temporary one-quarter percent (.25%) City of Toledo levy on income for the period commencing on January 1, 2027, and ending December 31, 2030, which shall be in addition to the city of Toledo's other levies on income, for the purpose of allocating the levy proceeds to the General Fund to be dedicated to neighborhood safety expenditures, and to police and fire safety force operations, including criminal gang disruption, be passed?
Fuente: Junta Electoral del Condado de Lucas, boleta de muestra oficial
Asunto 17: el personal del propio concejo
En palabras sencillas: Quienes trabajan para el Concejo Municipal saldrían del servicio civil clasificado de la ciudad, la parte del sistema que rige cómo se contrata a la mayoría de los trabajadores de la ciudad y los protege de ser despedidos sin causa, y pasarían al servicio no clasificado. Hoy hay nueve empleados del concejo en ese sistema, dijo a este periódico la secretaria del concejo, Julie Gibbons, y si se aprueba el asunto 17, “an unclassified employee or an exempt employee becomes an at will employee” (un empleado no clasificado o exento pasa a ser un empleado a voluntad, que puede ser despedido sin causa). El concejo escribiría sus propias reglas de contratación, disciplina y despido.
¿Por qué?
Las actas del concejo del 7 de julio registran que el objetivo es que la oficina del concejo funcione como la del alcalde, cuyos asistentes ya están en el servicio no clasificado. El concejo lo aprobó 10 a 0 (Ordenanza 302-26).
El Concejo de Toledo obtiene el poder de fijar las condiciones de empleo, incluidas la contratación, la disciplina y el despido, de sus propios funcionarios y empleados, que pasan al servicio no clasificado. La definición de empleado en la carta se actualiza para coincidir.
El capítulo I, sección 6; el capítulo IV, sección 33, y el capítulo VIII, sección 171 de la carta de Toledo quedan como están.
Proposed Charter Amendment
City of Toledo
A majority affirmative vote is necessary for passage.
Chapter I, Section 6 to be amended to remove outdated language and updating definition of employee to include members of the unclassified service.
Chapter IV, Section 33 to be amended to allow City Council to determine the conditions of employment for its officers and employees, including matters such as hiring, discipline, and termination.
Chapter VIII, Section 171 to be amended to designate that City Council officers and employees are members of the unclassified service.
Shall the proposed amendments to the Charter of the City of Toledo, as set forth in Ordinance 302-26, be adopted?
Fuente: Junta Electoral del Condado de Lucas, boleta de muestra oficial
Asunto 18: reglas de elecciones y peticiones
En palabras sencillas: Reescribe las reglas electorales de la carta para ajustarlas a la ley de Ohio. Los cambios principales: Quienes se postulan a cargos de la ciudad ya no presentan una aceptación escrita aparte de su nominación. Sus peticiones de candidatura se entregan 90 días antes de la primaria en vez de 60. Un voto por escrito solo cuenta para un candidato que presentó el formulario estatal que declara su candidatura por escrito. Y las peticiones ciudadanas, que permiten a los votantes poner una ley en la boleta o impugnar una que aprobó el concejo, deben usar los formularios del estado e ir a la siguiente elección que ocurra al menos 90 días después, en vez de 75.
Lo que la boleta no dice: El plazo de 60 a 90 días para las peticiones está en el texto completo, pero no en el resumen de la boleta. Y donde el resumen habla de un plazo “within” (dentro del cual) debe celebrarse una elección por petición, el texto fija un mínimo: una petición espera una elección que esté al menos a 90 días. El concejo no respondió las preguntas de este periódico sobre la redacción.
¿Por qué?
El concejo dice que la carta y la ley electoral del estado no coinciden, y que esto simplifica el proceso. Se aprobó 8 a 2 (Ordenanza 304-26).
La carta de Toledo elimina la aceptación escrita aparte de la nominación para los candidatos a la primaria y adelanta su plazo de peticiones de 60 a 90 días antes de la primaria, exige que los candidatos por escrito (write-in) y los peticionarios usen los formularios del estado, y celebra la elección sobre una petición de referéndum o iniciativa no antes de 90 días, en vez de 75, después de que la secretaria la certifique.
El capítulo III, secciones 14 y 17, y el capítulo VI, secciones 83 y 92 de la carta de Toledo quedan como están.
Proposed Charter Amendment
City of Toledo
A majority affirmative vote is necessary for passage.
Chapter III, Section 14 to be amended to update language to be more aligned with state law, and in particular to remove the requirement that a candidate who has filed a nominating petition for a primary election must also file a written acceptance of nomination with election authorities.
Chapter III, Section 17 to be amended to bring the criteria for designation as a write-in candidate in line with state election law by requiring any potential write-in candidate to declare their intent to run on the forms prescribed by the state.
Chapter VI, Section 83 to be amended to increase the deadline for which an election on referendum or initiative petitions must be held within from 75 days to 90 days.
Chapter VI, Section 92 to be amended to require any petitions filed to be consistent with the forms prescribed by the state.
Shall the proposed amendments to the Charter of the City of Toledo, as set forth in Ordinance 304-26, be adopted?
Fuente: Junta Electoral del Condado de Lucas, boleta de muestra oficial
Asunto 19: cómo se cambia la carta
En palabras sencillas: Es un ajuste de forma. La Constitución de Ohio dice que un concejo municipal envía los cambios a la carta a los votantes por ordenanza; la carta de Toledo dice por resolución. Esto hace que la carta coincida, y en la práctica el concejo ya usa ordenanzas, incluso para los asuntos 17 y 18. También reescribe la sección como una lista de pasos más clara. Lo que se necesita para poner un cambio a la carta en la boleta no cambia: dos tercios del concejo, o una petición firmada por el 10% de los votantes. El concejo lo aprobó 10 a 0 (Ordenanza 305-26).
La carta de Toledo exige que el concejo apruebe las enmiendas propuestas a la carta por ordenanza en vez de por resolución, y reescribe el capítulo I, sección 5 para describir con más claridad el proceso de enmienda.
El capítulo I, sección 5 de la carta de Toledo queda como está, incluida la aprobación de enmiendas propuestas por resolución.
Proposed Charter Amendment
City of Toledo
A majority affirmative vote is necessary for passage.
Shall Chapter I, Section 5 be amended to be consistent with the Ohio Constitution by requiring Council to approve proposed Charter amendments by an ordinance rather than a resolution, and to rewrite the Section to describe the requirements of the Charter amendment process more clearly, as set forth in Ordinance 305-26?
Fuente: Junta Electoral del Condado de Lucas, boleta de muestra oficial
¿Quiere el texto completo?
La ordenanza de cada asunto tiene su enlace en su entrada, arriba. El texto completo de las tres enmiendas a la carta también se publicará como aviso legal en The Blade el domingo 4 y el domingo 11 de octubre, dijo Gibbons.
Preguntas enviadas: el 28 de septiembre este periódico envió preguntas al alcalde Wade Kapszukiewicz, a la presidenta del concejo Vanice Williams, a la secretaria del concejo Julie Gibbons y a los concejales Cerssandra McPherson, Adam Martinez y Sam Melden. Williams remitió las preguntas a Gibbons, quien respondió algunas por el concejo por escrito el 30 de septiembre; la oficina de Martinez contestó. El alcalde, McPherson y Melden no respondieron.
Fuentes: Junta Electoral del Condado de Lucas, boleta de muestra; Concejo Municipal de Toledo, ordenanzas 301-26, 302-26, 304-26 y 305-26, el acta y la grabación del 7 de julio, y las votaciones del 14 de julio; Ciudad de Toledo, Declaración Informativa Anual de 2026 e informe de agosto de la directora de Finanzas; Comisión de Finanzas, Deuda y Supervisión Presupuestaria del Concejo Municipal de Toledo, 30 de septiembre de 2026, según la grabación de la ciudad; respuestas escritas de la secretaria del concejo, Julie Gibbons, 30 de septiembre de 2026.
La boleta del condado de Lucas se imprime solo en inglés. Si necesita ayuda para leerla, puede llevar a la cabina a la persona que usted elija, salvo a su empleador o a un representante de su sindicato. La persona no tiene que estar inscrita para votar.
Fuente: guía de MALDEF para votantes de Ohio
◂ Elecciones ’26: cada contienda y pregunta
Editado por Zach Brooke